DOCTRINA – ¿De qué hablamos cuando hablamos de socioafectividad? – Autor: Andrea Di Prinzio Valsagna.
En un concepto amplio podríamos decir que la socioafectividad es una relación de interdependencia entre los seres humanos que viven en comunidad, en un concepto restringido al Derecho de Familia, la socioafectividad “es aquel elemento necesario de las relaciones familiares basadas en hechos conjugados en el deseo y la voluntad de las personas que con el tiempo afirma y reafirma los vínculos afectivos que deberán trascender el aspecto normativo” .