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JURISPRUDENCIA – ALIMENTOS. Incumplimiento de la obligación alimentaria derivada de la responsabilidad parental. MEDIDAS PARA ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO: Inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Prohibición de salir de la ciudad. Retiro de la licencia de conducir. Paternidad responsable. Interés superior del niño. Principio de razonabilidad. Temporalidad de las medidas.

La progenitora solicitó la inscripción del alimentante en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos en virtud de la deuda alimentaria contraída por el demandado y no haber abonado las mesadas fijadas, especificando que la deuda asciende a pesos un millón setenta y seis mil quinientos setenta con ochenta y tres centavos ($ 1.076.570,83). Asimismo, también peticionó que por el motivo expuesto se prohíba salir de la ciudad al nombrado y se proceda al retiro de la licencia de conducir….

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Prohíben salir de la ciudad a un padre que no pagó la cuota alimentaria durante tres años

La medida durará hasta que salde su deuda. También ordenan que le retiren la licencia de conducir y que sea inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
Fuero: Familia
Tribunal: Juzgado de Familia de 6° Nominación de Córdoba
Voces: alimentos, deudor moroso, prohibición de salir de la ciudad

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