JURISPRUDENCIA – OTORGAMIENTO DE LA GUARDA A UN PARIENTE. Art. 657 CCCN. Maltrato físico y verbal. Interés Superior. Principio de Provisoriedad.
La magistrada otorgó la guarda del adolescente a los accionantes e intimó a los progenitores y guardadores a garantizar el régimen comunicacional del joven y su hermano, asumiendo una actitud de colaboración y contribución para el cumplimiento de tal cometido. Apelada la resolución por los demandados, la Cámara rechazó el recurso impetrado e hizo lugar al pedido de guarda del sobrino – víctima de maltratos físicos y verbales por parte de su padre biológico-, ponderando el interés del hijo…