El artículo 20 de la LCT en materia de costas judiciales
En la causa «M., C. A. c/N., J. R. s/Despido» la parte actora apeló lo decidido oportunamente en materia de costas. En virtud de tal recurso, las actuaciones llegaron a la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
Fuero: Laboral
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
Voces: costas, ley de contrato de trabajo, carencia de medios económicos