Se tuvo que mudar de ciudad con sus hijos por violencia de género y hasta dejó su casa: qué dice el fallo

El caso llegó a la Justicia y se resolvió desalojar al padre violento.

Tiempo atrás, una mujer de Río Negro tuvo que reacomodar su vida y las de sus cuatro hijos por culpa de quien fue su pareja. Ella sufría violencia de género y ante esto, dejó su propiedad, la que había levantado con su esfuerzo, gracias a su trabajo. Donde se desempeñaba pidió el traslado a una ciudad vecina y empezó de nuevo en otro lugar, con lo injusto que suena, pero esa era la única manera de estar a salvo.

Ahora, un fallo civil le dio la razón y ordenó el desalojo de su expareja, que vivía solo en la vivienda. Se llevó adelante una investigación y se probó que la propiedad había sido adquirida con los ingresos de la mujer como docente y préstamos bancarios que también abonó con sus haberes. El hombre, en cambio, tenía trabajos eventuales y nunca hizo aportes en esa construcción.

En cuanto al desarrollo del caso, la pareja convivía desde 2006. En 2010 adquirió la propiedad y en 2015 la relación finalizó por las reiteradas situaciones de violencia contra ella y sus hijos, las cuales fueron denunciadas en reiteras ocasiones.

Tras la mudanza, inició, vía mediación ante el CEJUME, el reclamo por prestación alimentaria, régimen comunicación y desocupación del inmueble. El hombre no fue a la mediación. Hace dos años nuevamente radicó una denuncia en representación de su hijo menor de edad ante nuevos hechos de violencia. En el proceso, el hombre manifestó que la separación fue de común acuerdo.

Además, expresó que la casa la compraron cuando se encontraban juntos. Intentó por todos los medios quedarse allí diciendo que es un bien adquirido producto de una relación de convivencia. Dijo que ahora vivía solo en la propiedad y solicitó que “a fin de resolver el conflicto en relación con el inmueble corresponde realizar un proceso judicial tendiente a dividir la sociedad producto de la unión convivencial de las partes”.

El fallo

La jueza titular del Juzgado Multifuero de San Antonio recordó que en un juicio de desalojo la orden se otorga a favor de quien tiene la titularidad de un derecho sobre los bienes que autorice a disfrutarlos en concepto de propietario, poseedor, locador, usufructuario, usuario o cualquier otro título análogo. En el mismo sentido, agregó: “En función de los hechos acontecidos y probados, en especial por la violencia ejercida por el demandado a la mujer y sus hijos”.

También recordó que tal como el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro lo ha establecido como doctrina legal y de aplicación obligatoria, la resolución del conflicto que así se encuadra, en especial dentro de un grupo familiar, debe ser resuelta desde la perspectiva de género. “De lo probado surge claramente que la propietaria del inmueble es la mujer, por lo que el desalojo debe prosperar”, se manifestó.

Fuero: Familia
Tribunal: Juzgado Multifuero de San Antonio
Voces: violencia familiar, desalojo de padre violento, vivienda familiar

Fuente: noticias net

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