La justicia falló a favor de un banco en causa de despido de un abusador sexual

Casi 7 años después, la Cámara Laboral rechazó la demanda interpuesta por el trabajador quien si bien fue condenado, no fue a la cárcel. Pedía más de $4 millones de indemnización.

La Cámara del Trabajo de San Francisco rechazó la demanda laboral contra el Banco de Córdoba por un empleado cesanteado que fue condenado por abuso sexual. 

La jueza Roxana Beatriz Peredo denegó la demanda interpuesta ante la entidad bancaria por la defensa de quien fuera cesanteado luego de que las Cámara Criminal y Correccional lo hallara culpable del delito de instancia privada en contra de una menor de edad.

El caso, que en su momento provocó conmoción en la ciudad, ocurrió en el mes de junio de 2013 cuando el ahora exempleado del banco manoseó a una niña de 8 años que residía en cercanías de su vivienda. 

En un juicio abreviado, el acusado fue condenado a la pena de 2 años de prisión de ejecución condicional el 30 de junio de 2014 por un tribunal unipersonal a cargo de juez Mario Comes. 

Casi 7 años después, el pasado 19 de marzo, la sentencia  de la jueza Peredo avala el despido del bancario. En caso de que éste no apele el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia, quedará firme el 8 de abril próximo.

El hombre había sido denunciado penalmente por los padres de la víctima el 30 de junio de 2013 y fue imputado por la Justicia como presunto autor del delito de «abuso sexual calificado por su condición de guardador».

Tras la denuncia, el directorio del banco decidió el trasladarlo de la sucursal centro del Banco de Córdoba en donde se desempeñaba en el área atención al público, a la sucursal de Saturnino María Laspiur.

A partir de allí, el trabajador comenzó a realizar reemplazos en distintas sucursales. En 11 meses trabajó en 22 sedes distintas del mismo banco.

En si demanda, el hombre alegó que desde la fecha en que fue condenado y hasta el 4 de agosto de 2014 continuó realizando sus labores en diferentes sucursales de la ciudad de Córdoba. En esa fecha, se le informó que la entidad había decidido separarlo del cargo. La cesantía del empleado se produjo definitivamente en el momento en que la institución bancaria logró que se extinga la «tutela sindical» de la que el empelado gozaba por ser delegado gremial.

A partir de allí, comenzó una batalla judicial a los fines de lograr una indemnización que superaba los 4 millones de pesos.  

El despido del trabajador se produjo formalmente el día 22 de abril de 2015, 9 meses después de haber sido condenado.

En un tramo de su sentencia, Peredo hace mención a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la que en su artículo 19 establece que todo niño tiene derecho a medidas de protección; también hace mención a la Convención sobre los Derechos del Niño.

Fuente: La Voz de San Justo

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