Con cinco votos a favor y cuatro en contra, la Corte Constitucional de Ecuador (CC) resolvió favorablemente una consulta sobre dos uniones civiles de parejas del mismo sexo.
La decisión de la corte se produce en respuesta al planteamiento de un tribunal de justicia menor, que consultó a la CC si Ecuador podía aplicar la llamada «Opinión Consultiva 24-17» de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) para autorizar el matrimonio entre personas del mismo sexo, sin llevar a cabo reformas en la Constitución o en la legislación, según recogen los medios locales.
La Corte IDH recomendó a los países firmantes de la Convención Americana de Derechos Humanos que reconocieran los derechos de las parejas del mismo sexo, incluido el matrimonio civil.
El tribunal señaló que se votó a favor en base a «la luz de de normas constitucionales favorables a la igualdad de la persona y que rechazan todo tipo de discriminación», así como la «Opinión Consultiva» de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Además, señaló que «la decisión declara la inconstitucionalidad del artículo 81 del Código Civil y el artículo 52 de la ley de Gestión de la Identidad y Datos Civiles. Adicionalmente, dispone que la Asamblea Nacional reconfigure la institución del matrimonio para que se dé un trato igualitario a las personas del mismo sexo».
Fuente: BBC News.