El tribunal ratificó el Convenio 190 OIT sobre violencia y acoso en el mundo del trabajo y la vigencia de la Ley Micaela
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo intimó a una empresa para que en el plazo de 30 días acreditara que cumplió con la capacitación de todo su personal en materia de violencia laboral y género, todo ello bajo apercibimiento de aplicar astreintes.
Según se probó en la causa, una trabajadora sufrió distintos actos de hostigamiento y humillación por parte de su superior ante lo cual intervinieron los delegados sindicales. La respuesta de la empresa consistió en un cambio de horario entre los dos empleados. En este escenario, la mujer se consideró despedida en base a la situación de acoso sufrido y el defectuoso registro.
En primera instancia se condenó a la empresa por el daño moral sufrido como consecuencia del maltrato. Según los testimonios, la mujer trabajó en un ambiente de trabajo que la expuso a situaciones de humillación, hostigamiento y discriminación constante que la empresa -evidentemente- “permitió y toleró”.
“Hacer visibles las desigualdades naturalizadas socialmente constituye una forma de propender a la igualdad requerida por nuestro ordenamiento jurídico, por lo que el Poder Judicial en su conjunto tiene la obligación de no silenciar situaciones incompatibles con la premisa de tolerancia cero ante supuestos de violencia, y menos cuando aquellas tienden a perpetuar estereotipos discriminatorios en razón del género de las afectadas (ya ubicadas en una relación desigual de poder en orden a sus inferiores jerarquías)”, planteron los jueces Andrea García Vior y José Alejandro Sudera.Los magistrados destacaron la ratificación del Convenio 190 OIT sobre violencia y acoso en el mundo del trabajo y del dictado de las leyes 26485, 26743 y 27499 (ley Micaela), por lo que concluyeron ”necesario que, el personal de dirección y gerencial de las empresas, así como también los trabajadores y trabajadoras dependientes (tengan o no personal a su cargo), se inserten en cursos de capacitación sobre violencia laboral y perspectiva de género a fin de obtener las herramientas necesarias para mejorar las relaciones interpersonales del establecimiento y así prevenir situaciones de violencia en el ámbito de trabajo”.
Fuero: Laboral
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
Voces: violencia laboral, capacitación al personal, intimación a la empresa
Fuente: comercio y justicia