El Juez federal Alejandro Sanchez Freytes hizo lugar a medida cautelar contra la empresa American Airlines.
La medida incoada constituye una solución urgente, puesto que consiste en una orden impartida por el tribunal a petición de parte, fuera del ámbito de un juicio contradictorio, fundada en la fuerte probabilidad de la existencia del derecho que se invoca, y con el riesgo que de no otorgarse, se provoque un perjuicio grave e irreparable.
Este tribunal adhiere al criterio –generalizado en la jurisprudencia- de que la tutela anticipada que importan estas medidas es operativa, aún en ausencia de un texto legal específico que la consagre, ubicándolas, a todo evento, en el marco del art. 232 del ritual.
Los términos en los que se solicita esta cautelar, conlleva en la práctica una eventual afectación y desplazamiento del derecho de otras personas, que hipotéticamente tuvieran ya asignado un lugar en el vuelo de regreso, en un contexto, donde existe un cupo limitado por cuestiones sanitarias.
En este sentido, corresponde emplazar a la empresa American Airlines Inc., Sucursal Argentina, Av. Rafael Núñez 4081 de esta Ciudad de Córdoba, para que en el término de 72hs. proceda a reprogramar el vuelo de los actores hacia este país, debiendo informar, en dicho plazo, el número de vuelo, el día y la hora, y/o cualquier otro dato indispensable que permita a los actores conocer de manera cierta y concreta sobre el particular.
Fuente: Oficina de Prensa de la Cámara Federal de Córdoba
Fuero: Federal
Tribunal: Juzgado Federal N° 2 de Córdoba
Voces: varados en el exterior, medidas sanitarias, medida cautelar