El Caso: Por Sentencia una Cámara en lo Criminal y Correccional de la ciudad de Córdoba resolvió -en lo que aquí interesa- absolver al imputado del delito imposible de Homicidio Calificado por el uso de veneno y del delito de homicidio calificado por el uso de veneno, sin costas (arts. 550 y 551 del CPP…” (fs. 1351 vta.). El apoderado de los querellantes particulares, interpone recurso de casación en contra de la resolución aludida, invocando el motivo formal (inc. 2° del art. 468), denunciando que la Sentencia presenta defectos de fundamentación por vulneración de las reglas de la sana crítica racional. Por último plantea la inconstitucionalidad de los arts. 446, 471 y 464 del CPP. El Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Córdoba resolvió declarar abstracto el planteo de inconstitucionalidad de los arts., 446, 471 y 464 del CPP, formulado y rechazar el recurso de casación interpuesto por el apoderado de los querellantes particulares, con costas (arts. 550 y 551 del CPP).
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T.S.J., Sala Penal, Cba., Sent. n° 74, 28/03/2018, “Luzzardi, Juan Carlos Natalio p.s.a homicidio calificado -Recurso de Casación-” |
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