Una madre fue intimada a presentar de modo trimestral la constancia de asistencia y boletín de calificaciones al Juzgado de Paz de La Cruz, ante las sucesivas faltas de su hijo.
La dependencia resguardó el derecho a la educación del joven. Un joven que no asistía a la escuela secundaria en forma regular despertó la alerta de las autoridades del establecimiento escolar al cual éste pertenecía. Los directivos habían agotado todos los medios para hacerle llegar a la tutora esa información. Ante esa situación solicitaron la intervención del Juzgado de Paz de La Cruz, a cargo de Mariel Méndez Ribeiro, a fin de que se garantizara el derecho del adolescente a una educación de calidad y no perdiera el ciclo escolar. El pedido del establecimiento se tradujo en acciones por parte del aparato judicial tendientes a localizar a la tutora. Una vez logrado eso, la mamá del joven declaró que su hijo efectivamente había faltado mucho a la escuela “porque tanto el papá como ella salían muy temprano a trabajar y el chico se dormía”. De todas maneras, se comprometió a hacer que su hijo asista regularmente a clases y a presentar en cada trimestre la constancia de Alumno regular, Boletín de Calificaciones y de Inasistencias de su hijo. La Justicia de Paz resulta competente “cuando entran en juego los intereses de menores, a quienes debe garantizárseles las mínimas condiciones de subsistencia y (…) en procesos relativos a los derechos de niños, niñas y adolescentes es juez competente el del lugar donde la persona menor de edad tiene su centro de vida”.
Fuente: Poder Judicial Corrientes