La Cámara Civil y Comercial ordenó a una obra social a cubrir los gastos del tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad requerido por una pareja que demostró que sufren esterilidad de más de siete años de evolución.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal ordenó a una obra social a cubrir los gastos del tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad requerido por una pareja que demostró que sufren esterilidad de más de siete años de evolución. En la causa caratulada «R. R. A. y otro c/ OSPOCE s/ amparo de salud s/ incidente de medida cautelar», los jueces explicaron que se acreditó el peligro en la demora mediante la historia clínica que muestra el tiempo que la pareja lucha por sus deseos de convertirse en padres. De esta manera, la empresa demandada deberá responder por el total de los gastos del tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad (ICSI con ovodonación y columnas de anexina), más medicación y honorarios profesionales en el Instituto prescripto por el médico tratante de la pareja.
Los magistrados rechazaron los agravios presentados por la obra social y resaltaron que la verosimilitud del derecho se presenta cuando el interesado acredita suficientemente la prescripción médica en orden al tratamiento de fertilización requerido, la situación de afiliado a la obra social o medicina prepaga y, además, individualiza la norma que sirve de sustento a la pretensión cautelar. En esa línea, los camaristas señalaron que «las quejas de OSPCE en el sentido de que ya ha cubierto tres tratamientos de fertilización asistida carecen de fundamentos». Los miembros del Tribunal emitieron una cautelar para que la obra social cubra los gastos del procedimiento de manera urgente, ya que los solicitantes tienen 38 años, ya realizaron tratamientos anteriores con resultado negativo y la prolongación temporal del proceso pone en riesgo la realización del derecho reivindicado.
Fuente: Diario Judicial