La Cámara interviniente validó la inhabilidad del título opuesta por el demandado, ya que la promesa de pago en que se basó la acción de la demandante incumplía preceptos de la ley específica.
La Cámara Civil y Comercial de Sexta Nominación de la ciudad de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó llevar adelante la ejecución intentada por Comercial Salsipuedes SA. La cámara validó la inhabilidad de título presentada por el demandado al entender que el pagaré base era consumo y le faltaban los requisitos de información al consumidor que establece la ley.
Fuente: Comercio y Justicia