Un municipio deberá indemnizar a un hombre al que le secuestraron irregularmente 200 kilos de fiambre

La Justicia consideró irregular un operativo muncipal y ordenó reparar el daño equivalente a todos los alimentos descartados.

El titular del Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 del Departamento Judicial de Mar del Plata, Simón Isacch, ordenó indemnizar a un hombre, empleado de una distribuidora de alimentos, al que le secuestraron 200 kilos de fiambre que transportaba dado que el procedimiento de los agentes municipales no se ajustó a las normas que rigen ese actuar.

Los hechos del caso se remotan a agosto de 2017, en la ciudad de Mar del Plata, cuando un hombre circulaba en en un vehículo que fue detenido en las calles Ayolas y Bermejo por un operativo de transporte municipal. Allí los agentes constataron que se desplazaba con la habilitación vencida y que transportada diversas piezas de quesos y fiambre de cerdo que juzgaron en malas condiciones de conservación. De tal modo, procedieron al secuestro y posterior descarte de esa mercadería. 

En primer lugar, en virtud del acta de infracción del operativo, la Justicia Municipal de Faltas del Municipio de General Pueyrredón condenó al actor por la circulación con  habilitación vencida y confirmó el decomiso de los alimentos. 

Más tarde, el propietario cuestionó esa decisión ante el Juzgado Correccional de Mar del Plata. Ese Tribunal dispuso que el decomiso de la mercadería individualizada en el acta no se efectuó en cumplimiento de las normas municipales y, frente a ello, le indicó que tiene habilitadas las acciones legales que le correspondan para reparar el daño y que tal situación excedía el marco de dichas actuacions penales.

Por ello, el actor demandó a la Municipalidad de General Pueyrredón para solicitarle la reparación de los daños y perjuicios sufridos como consecuencia del operativo irregular más los correspondientes intereses y las costas del proceso. El Municipio, pro su parte, alegó que la mercancía presentaba envases primarios rotos, pérdida de cadena de frío, contenía ácido láctico, por lo cual la misma fue desnaturalizada en un contenedor y la restante entregada a una entidad de bien público.

En esos términos, el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 de Mar del Plata definió el asunto. El juez Isacch consideró que -a pesar de los alegatos del Municipio- no surge del acta labrada el defectuoso estado de los embutidos y ello convierte en irregular al procedimiento dado que no se cumplió las exigencias de la Ordenanza N° 5.355 en tanto dispone que “el comiso solamente puede disponerse con la conformidad expresada por escrita por el presunto infractor en el acta respectiva”, lo que no ocurrió en el caso.

De este modo, la sentencia condenó a la Municipalidad deberá pagar una indemnizació en dinero equivalente a 26 piezas de queso dambo, 3 piezas de queso cremoso; 16 piezas de fiambre de cerdo, 20 tapas de empanada; 1 queso sardo; 4 piezas de queso muzzarella, 2 piezas de jamón natural; 1 pieza de jamón crudo y 1 pieza de queso azul, a abonarse dentro de los 60 días posteriores a la liquidación que deberá practicarse.

Fuente: palabras del derecho

Juzg. Cont. Adm. Nº 1 Mar del Plata, «Bernasconi c/ Municipalidad de General Pueyrredón s/ Pretensión Indeminizatoria», Expte. E-28618, 05/09/2024.

Fuero: Público,
Tribunal: Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 del Departamento Judicial de Mar del Plata,
Voces: municipio, indemnización, secuestro irregular, operativo de transporte, habilitación vencida, decomiso, daños y perjuicios,

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