Un juzgado civil normaliza el pago de la AUH a una joven mujer tras la gestión realizada por ATAJO

Por orden judicial los montos de la asignación habían sido retenidos, dado que la beneficiaria se encontraba internada en un hogar para madres adolescentes. Al cumplir la mayoría de edad y ser externada de la institución, solicitó a través de ATAJO la normalización del cobro, medida que fue proveída por el Juzgado Nacional en lo Civil Nº 10.

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El Juzgado Nacional en lo Civil N° 10 ordenó la normalización del cobro de la Asignación Universal por Hijo a una mujer de 19 años, madre de una niña de dos años de edad, cuyas sumas estaban retenidas por orden judicial, dado que la joven se encontraba institucionalizada en el Hogar “Eva Duarte” del barrio de La Paternal al momento del nacimiento de su hija. La medida fue tomada luego de que la beneficiaria la reclamara en la Dirección General de Acceso a la Justicia (ATAJO) del MPF.

Por orden judicial, la joven se encontraba en un hogar para madres jóvenes embarazadas o con niños/as pequeños, dependiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El mismo juzgado que ahora ordenó la normalización del cobro había dispuesto la institucionalización de la mujer y la retención de las sumas correspondientes a la Asignación, para su depósito en una cuenta judicial a fin de que sean percibidas por el representante legal del Hogar.

Sin embargo, cuando la joven cumplió la mayoría de edad y fue externada de la institución fijando su domicilio en la localidad bonaerense de Quilmes junto con su hija, continuaba sin percibir el beneficio social, por lo que se contactó con los operadores de la Dirección General de Acceso a la Justicia del MPF.

Tras la solicitud del reclamo, ATAJO confirmó en la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que efectivamente pesaba una orden judicial en el marco de un expediente de Control de Legalidad, iniciado en virtud de lo dispuesto en la Ley 26.061, de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. La comunicación con la ANSES se dio gracias a la eficaz articulación interinstitucional alcanzada con el organismo desde el comienzo de la pandemia y la extensión de la modalidad virtual de atención.

Con posterioridad, ATAJO puso en conocimiento del juzgado civil interviniente que la joven ya había cumplido la mayoría de edad y se encontraba al cuidado de su hija, y fue solicitado el cese del embargo sobre los fondos y la normalización de los pagos.

Tras darle traslado a la Defensoría de Menores e Incapaces, el juzgado proveyó la solicitud toda vez que “la joven alcanzó su mayoría de edad y no existen medidas que estén sujetas a control judicial respecto de su hija”. En simultáneo hizo saber a ANSES de medida dispuesta.

En relación al cobro de las sumas depositadas durante los últimos años en la cuenta judicial, el juzgado ordenó que la denunciante se presente con patrocinio letrado en el expediente, para lo cual ATAJO derivó el caso a la Defensoría Oficial en lo Civil, que debe definir si acepta el cargo.

Articulación con ANSES

Desde el inicio de la pandemia y hasta el 30 de junio de 2021, ATAJO recibió un total de 1145 consultas vinculadas a la seguridad social, lo que representó el 10,8% del total.

El pico de este tipo de casos se produjo en julio de 2020, cuando representaron el 26% del total de consultas. Del 25% de las intervenciones de ATAJO cuya resolución implica alguna articulación con áreas dependientes del Poder Ejecutivo Nacional (PEN), el 17% de ellas corresponde a ANSES, apenas por detrás de las derivadas a los Centros de Acceso a la Justicia (CAJ), que funcionan en la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

Atención telefónica

El caso fue recepcionado en una de las líneas telefónicas dispuestas a tal fin por la Dirección General de Acceso a la Justicia, que desde el comienzo de la pandemia trabaja en forma remota. Tras el llamado, operadores de ATAJO confeccionaron un acta telefónica, que fue remitida con posterioridad al juzgado interviniente y en base a la cual se requirió información fehaciente a la ANSES.

Este tipo de atención fue habilitada por sucesivas resoluciones de la Procuración General de la Nación por las cuales se dispusieron medidas de excepcionalidad ante la declaración de la pandemia del COVID-19 por parte de la Organización Mundial de la Salud.

Desde marzo del año pasado en ATAJO se reciben telefónicamente múltiples consultas sobre todo tipo de problemáticas que abordan cotidianamente sus equipos territoriales. Las inquietudes son derivadas posteriormente al área jurídica o a los organismos correspondientes. El detalle de la modalidad de atención y los números de teléfono adonde los consultantes pueden comunicarse se encuentran en este enlace.

Fuente: Fiscales.gob.ar

Fuero: Civil
Tribunal: Juzgado Nacional en lo Civil N° 10
Voces: asignación universal por hijo, madre adolescente, ATAJO

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