Un fallo histórico en Santa Fe: prohíben fumigar a menos de 800 metros de una ciudad

Hasta 2019 la localidad santafecina de Sastre tenía el límite a 100 metros para fumigar cerca de las viviendas urbanas, donde además de los hogares hay clubes. El promedio de enfermedades cancerígenas es un tercio más alto que el nacional: “Acá, en la zona, todos tenemos un familiar muerto de cáncer”, dice una vecina.

Los vecinos de Sastre -una localidad de seis mil habitantes en el centro de la provincia de Santa Fe- lograron un triunfo en la pelea judicial en contra de los pesticidas y en defensa de su salud. Durante años, la Municipalidad permitió la fumigación con agroquímicos a sólo cien metros del ejido urbano, en la práctica esto implica que quienes tienen sus hogares cerca del área de cultivos, soja principalmente, reciben de lleno los químicos que utilizan los productores agrícolas. La normativa tiene efectos fácilmente mensurables: la tasa de enfermedades oncológicas es un tercio más alta que el promedio nacional, así surge de un estudio de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Rosario (UNR) que fue presentado a la Municipalidad luego de un campamento sanitario que se llevó adelante en marzo de 2017.  

El 5 de febrero de este año, apenas terminada la feria judicial, el juez en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 1 de Rafaela, Duilio Hail, dictó una cautelar en la que limita el uso terrestre de agroquímicos a una distancia de 800 metros de los límites urbanos para la localidad de Sastre. Ruth Oitana de los vecinos autoconvocados en Unión Ciudadana por la Vida y el Ambiente atendió a Tiempo Argentino y expresó que se trata de “una noticia maravillosa” porque incluye a toda la ciudad, en ese sentido, es un caso similar a lo que pasó en Pergamino, ya que no se limita a un barrio, pero la medida aún no está firme y puede ser recurrida.

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El juez en su fallo explica que la propia Municipalidad demandada «reconoce la existencia de una normativa contraria a derecho cuando en su modificación amplía drásticamente el perímetro de fumigación aérea y duplica el de fumigación terrestre, a esa circunstancia se suman los documentos acompañados por los actores, particularmente planos y fotografías que fueron ‘explicados’ in situ en la audiencia del 29-10-19 con indicación de los asistentes del lugar de ubicación de clubes, escuelas y viviendas de los reclamantes próximas al perímetro urbano”. La modificación a la que remite el fallo es la ampliación del área fumigable por vía aérea a 3.000 metros y la terrestre de 100 a 200. 

El fallo toma en cuenta los informes de la Agencia Internacional para la investigación del Cáncer dependiente de la OMS del 20 de marzo de 2015 presentados por la querella y referenciados por la fiscalía, dichos informes “califican al herbicida glifosato como ‘potecialmente carcinogénico'», también menciona investigaciones del Laboratorio de embriología molecular de CONICET (UBA) y otro elaborado por la UNL en el marco de la causa «Peralta”, además de antecedentes nacionales y de la Unión Europea.

El juez Hail valora los derechos en juego, salud vs. negocio: “por un lado uno de tipo patrimonial constituido por el derecho a cultivar la tierra con el aditamento del mayor valor agregado por el uso de fitosanitarios, mientras que por el otro estamos en presencia del derecho a la salud de un contingente de personas”, por lo tanto dice el magistrado “debo definirme en favor de los amparistas por cuanto el derecho a la salud se torna en un bien fundamental y su menoscabo podría resultar irreparable”.

El caso y una sociedad dividida

La historia judicial de esta causa no viene de muy lejos aunque ha afectado la vida cotidiana de los vecinos de Sastre, porque “acá todos nos conocemos”, como dice una vecina de la localidad. En enero de 2018 se presenta una denuncia “porque fumigaban muy cerca de un club donde un grupo de chicos jugaba al fútbol, luego, en marzo, una vecina presenta otra denuncia ya que fumigaban muy cerca de su casa”.

A partir de allí los vecinos se presentaron en el Consejo Deliberante local y comenzaron una serie de reuniones para que dictaran una ordenanza que ampliara la zona de exclusión de fumigación. Ruth Oitana, de los vecinos autoconvocados, explica que presentaron evidencia científica para sustentar su reclamo y que los ediles no pensaran que se trataba sólo de un “capricho”. Hasta octubre de ese año –cuentan desde la asociación– no lograron muchos avances, pero durante ese mes los padres de la niña Zoe Giraudo, paciente oncológica que se recuperaba de un linfoma no hodgkin –enfermedad que desde 2015 la OMS ha relacionado directamente con el uso de glifosato (y que está referenciada en la reciente cautelar)–, debía volver a su casa que si bien está dentro de la ciudad, dista apenas 400 metros de la zona de fumigación. En ese momento el Consejo Deliberante intentó sacar una ordenanza que ampliaba la zona de exclusión a 500 metros, pero la norma nunca fue promulgada por presión de los productores.

Las consecuencias sociales en una localidad pequeña es fuerte y causa grandes divisiones: «El tema se puso muy tenso y los padres de Zoe recurrieron a la Defensoría de la provincia y junto con los vecinos presentaron en 29 de noviembre de 2018 un amparo contra la Municipalidad. Al mes el juez dictó una medida cautelar que disponía 400 metros de exclusión”, cuenta la cronología previa a esta cautelar Oitana.

En esta instancia los productores agrícolas hacen aparición y se presentan como terceros damnificados, y logran tumbar esa cautelar. La causa volvió a foja cero y, en septiembre de 2019, una ordenanza dictamina los límites en 200 m y 3000 m para las fumigaciones terrestres y aérea respectivamente. Luego, la causa no se movió hasta octubre de 2019 en que hubo una mediación a la que la municipalidad no se presentó, pero el juez escuchó a las partes, incluidos los productores y los representantes legales de la provincia. De allí sale la cautelar.

El lobby de los productores agropecuarios es fuerte en la zona ya que “representan el poder real, el poder económico», incluso cuentan vecinos: “le dicen a nuestros empleadores que nos echen del trabajo, boicotean nuestros negocios. Hemos perdido amigos, se han roto familias, porque los productores no quieren ver alternativas para dejar de envenenarnos y envenenarse”, y advierten: “Acá, en la zona, todos tenemos un familiar muerto de cáncer”.

La realidad de esta lucha por la salud pública versus el interés económico es palpable para los vecinos, según explican: “Los que tienen el poder económico logran cosas que nos parecen imposibles, como hacer caer una medida cautelar en una feria judicial. Los intereses son muy grandes, ellos tienen los mejores estudios de abogados y nosotros tuvimos que recurrir a la Defensoría porque no podemos pagar un abogado. Pero por ahí nos toca un juez como Hail que se toma su tiempo pero estudia seriamente el tema”.

La Unión Ciudadana por la Vida y el Ambiente emitió un comunicado en el que convocan a la población a “denunciar cualquier hecho violatorio de la orden judicial, a los productores a tomar conciencia y respetar las leyes y los mandatos judiciales y a la Municipalidad a revertir la postura asumida tanto en la ciudad como dentro del juicio de amparo, que incluso mereció el reproche del magistrado interviniente”. Un hecho a remarcar es como los productores niegan el efecto nocivo de los pesticidas, que ya están prohibidos en Europa y cuyas empresas enfrentan demandas varias veces millonarias.

Los vecinos, que poseen una página en la red social Facebook con el nombre de su organización, califican la medida como “histórica” y celebran que, “aunque fuere con demora a raíz de distintas alternativas acontecidas en el transcurso del proceso que serán objeto de análisis y explicación en otra oportunidad, toda la población de Sastre obtenga algo de alivio a tantos padecimientos causados por las fumigaciones cercanas”.

Fuente: Revelion.org

Tribunal: Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 1 de Rafaela
Voces: fumigación, prohibición, zona urbana

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