Es César Gloss, cuyo reclamo había sido avalado por la Suprema Corte de Justicia en 2012. Tras un planteo de Fiscalía de Estado, los jueces que trabajen después de los 60 años no podrán jubilarse por incapacidad
La Suprema Corte de Justicia dejó sin efecto una sentencia de 2012 que había otorgado el cobro de una indemnización por incapacidad a un juez de Paz Letrado que ya había superado la edad para jubilarse.
En 2017 cobró $623.850 y ahora deberá devolver, actualización mediante, poco más de $5 millones.
La decisión unánime de la Sala II, integrada para este caso por los jueces Omar Palermo, José Valerio y Julio Gómez, respondió favorablemente a un histórico planteo de la Fiscalía de Estado y dejó sentado un precedente aplicable a futuras presentaciones.
A partir de ahora, los magistrados mendocinos pueden retirarse anticipadamente y reclamar, en caso de ser necesario, un resarcimiento por razones de invalidez pero solo hasta los 60 años. Después, solo tendrán derecho a la jubilación ordinaria.
La Suprema Corte de Justicia revirtió un fallo de 2012
El fallo de la Suprema Corte de Justicia, fechado a comienzos de febrero de este año, revirtió una sentencia de 2012 que favoreció a César Gloss con el cobro de una indemnización de $623.850.
Ahora, deberá devolver a las arcas provinciales más de $5 millones, según la actualización e intereses vigentes.
Este es un proceso que se vaticina de larga duración. Si Gloss no lo restituye, ese importe será cobrado a los herederos.
Gloss se desempeñó como Juez de Paz Letrado entre 1984 y diciembre de 2011; por entonces renunció, con aceptación del gobernador Celso Jaque, aquejado por una afección visual incapacitante del 70%.
En 2012, un fallo plenario que terminó en 4 a 3 le dio la razón, ordenó que la Provincia le pagara y determinó que en el caso de los magistrados no hay edad tope para el retiro anticipado ni para las jubilaciones por invalidez.
Dio preponderancia «a la garantía constitucional de inamovilidad de sus funciones».
El rol de la Fiscalía de Estado
A través de los años, el caso fue tratado por el Fiscal Adjunto Javier Fernández y el Fiscal de Estado, Fernando Simón.
Tras el recurso de reconsideración que presentó la Fiscalía de Estado, los supremos Palermo, Valerio y Gómez resolvieron dejar sin efecto aquel fallo plenario de 2012.
«El accionante (César Gloss) ha obtenido el máximo jubilatorio que de ordinario le correspondía por su reconocido buen desempeño de la magistratura judicial durante largos años y a una edad propia para el retiro de tal tipo de funcionario público»
«Se advierte que el acto cuestionado (la sentencia que lo benefició con el cobro de la indemnización) se encuentra viciado en su objeto y voluntad»
Gloss tiene 75 años y prácticamente ha perdido la vista.
Renunció para jubilarse por incapacidad a los 64 años, 4 años después de la fecha considerada tope para que los magistrados se retiren anticipadamente, incluso por razones de invalidez o incapacidad física o mental para ejercer el cargo.
Fuero: Laboral
Tribunal: Suprema Corte de Justicia de Mendoza
Voces: indemnización por incapacidad, edad para jubilarse, devolución de porcentaje de indemnización
Fuente: diario uno