Tributario – Habilitación de instancia – Agotamiento de la vía administrativa – Principio “in dubio pro actione” – Acceso a la justicia – Tutela judicial efectiva.


El Caso: Con motivo del rechazo de la reposición y apelación en subsidio y la confirmación del decreto fundado que dispuso que la causa no integra la competencia del Tribunal, la parte actora interpuso recurso de casación. La Cámara a quo había confirmado que la demanda fue interpuesta cuando ya se encontraba vencido el plazo que establece el artículo 7 de la Ley de la Materia -más de seis meses desde que se interpuso el pronto despacho-. Contra tales razones alzó su embate la parte recurrente peticionando la revocación de la decisión impugnada y la habilitación de la instancia contencioso administrativa. El Tribunal Superior ingresó al análisis de la cuestión debatida y, sin necesidad de reenvío, hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la actora y dejó sin efecto el decreto emanado del Presidente del Tribunal.

T.S.J. Cba., Sala Cont. Adm., Cba., Sent. Nro. 26 del 21/05/2018, “PAREXKLAUKOL S.A. C/ MUNICIPALIDAD DE CÓRDOBA – PLENA JURISDICCIÓN – RECURSO DE CASACIÓN”

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