Tres meses después del crimen, dictan condena por homicidio por uso de arma de fuego

En un juicio abreviado inicial, el imputado reconoció su participación en el delito. El Juzgado de Control de Marcos Juárez lo condenó a 16 años y 6 meses de prisión.

El Juzgado de Control, Niñez, Juventud, Penal Juvenil, Violencia Familiar y Faltas de la ciudad de Marcos Juárez condenó a 16 años y 6 meses de prisión a Matías Javier Ponce por la muerte de Ariel Quiroga Herrera, ocurrida en una zona rural próxima a la localidad de Cruz Alta, en el límite con la provincia de Santa Fe, en julio del año 2022.

En base al material probatorio reunido por la Fiscalía de Instrucción de Marcos Juárez, y la Dirección de Investigación Operativa y en virtud del acuerdo arribado entre el Ministerio Público Fiscal (MPF), el defensor y el imputado, se pudo celebrar la audiencia de juicio abreviado inicial y se dictó sentencia a tres meses de ocurrido el suceso. De esta forma, el imputado Ponce fue condenado como autor responsable de los delitos de amenazas calificadas por el uso de arma, encubrimiento y homicidio agravado por el uso de arma de fuego.

La intervención del MPF comenzó inició el 6 de julio del año en curso ante la denuncia de la desaparición del ciudadano de nacionalidad boliviana Ariel Quiroga Herrera en la localidad de Cruz Alta. No se trató de un proceso de flagrancia. En primer lugar, se encontró el cuerpo sin vida de la persona desaparecida y, en base al trabajo de la Fiscalía de Instrucción de Marcos Juárez y la Dirección de Investigación Operativa, con apoyo de las oficinas científicas y tecnológicas del Poder Judicial, se logró dar con el autor del hecho y proceder a su detención.

En base al material probatorio recolectado y la confesión del detenido, se solicitó la citación a juicio y audiencia de juicio abreviado inicial a tres menos de meses de ocurrido el hecho. 

El juez Joaquín Gómez Miralles prestó conformidad a la modalidad del juicio abreviado inicial y la audiencia se celebró el 20 de octubre de 2022. Durante el juicio, las partes expusieron sus fundamentos y los extremos el acuerdo alcanzado. En dicha oportunidad, el juez Gómez Miralles prestó conformidad al acuerdo arribado por las partes y explicó al imputado que la confesión debe ser efectuada con total libertad. También se advirtió al imputado que dicha declaración importa la admisión de responsabilidad del hecho reprochado. Seguidamente, se le hizo saber los hechos que se le atribuyen, las pruebas existentes, y el contenido de la requisitoria de citación a juicio, y su facultad de declarar o abstenerse de hacerlo sin que ello implique la presunción de culpabilidad.

En la oportunidad el fiscal Fernando Epelde Payges, formuló una reseña de los hechos y los relacionó de manera puntual con las pruebas debidamente incorporadas. Concluyó que la totalidad de las pruebas incorporadas confirmaron la participación del imputado y su responsabilidad en la comisión de ellos. También expresó que las conclusiones de la autopsia han sido relevantes para la aclaración de los hechos. Además, reconoció la predisposición del imputado y de la defensa para llegar al presente acuerdo. A su turno, el abogado defensor Leonardo Silvio Cingolani destacó el buen diálogo con la fiscalía y adhirió al acuerdo presentado.

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Finalmente, el imputado expresó que comprendió perfectamente los términos del acuerdo como así también sus consecuencias. Acto seguido, aceptó lisa y llanamente su responsabilidad en los hechos, tal cual han sido fijados, y su participación en ellos. “Me declaro culpable y acepto mi responsabilidad en los hechos”, sostuvo.

Durante todo el proceso, se contó con la participación de los familiares de la víctima, con quienes la fiscalía mantuvo permanente contacto. En tal sentido, antes del juicio, el hermano de la persona fallecida concurrió al tribunal para ser notificado sobre sus derechos y se les ofreció asistencia letrada.  Los familiares requirieron al representante del MPF que se les envíe la grabación del juicio, ya que por vivir fuera del país no podían concurrir a las audiencias. Lo que así se hizo. Cabe destacar la participación de todos los operadores que conforman el sistema judicial, para lograr resoluciones con celeridad, participación y Justicia.


Causa: “Ponce, Matías Javier p.s.a. Amenazas calificadas por el empleo de armas, Encubrimiento y Homicidio agravado por el uso de arma de fuego”.
Fecha: 2 de noviembre de 2022.
Resolución: Sentencia n.° 24.

Fuente: justicia córdoba

Fuero: Penal
Tribunal: Juzgado de Control, Niñez, Juventud, Penal Juvenil, Violencia Familiar y Faltas de la ciudad de Marcos Juárez
Voces: homicidio agravado, uso de arma de fuego, juicio abreviado inicial

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