El TOF de Neuquén condenó a dos personas en una causa por trata laboral. Los bienes decomisados serán destinados a la reparación económica de las víctimas, y lo que resta será puesto a disposición del Consejo Federal de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas.
El Tribunal Oral Federal de Neuquén, de conformación unipersonal, condenó a un hombre y su pareja en una causa donde se investigó el delito de trata de personas bajo la modalidad de captación, traslado y acogimiento de las víctimas con fines de explotación laboral, con el agravante de haber mediado engaño y abuso de la situación de vulnerabilidad de las víctimas.
El juez federal Orlando Arcángel Coscia resolvió, además, la reparación económica de las víctimas de 50 mil y 150 mil pesos, para cada víctima. Asimismo, el fallo ordenó el decomiso de un vehículo y las sumas 1.023.845,2 pesos, 175.120 pesos chilenos y 8,621 U$S, que fueron secuestrados en los diversos operativos por considerarlos elementos utilizados para la comisión de los delitos.
El monto decomisado se destinará, en primer orden, al pago de las sumas dispuestas para las víctimas, y lo restante será puesto a disposición del Consejo Federal de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas.
Según consta en la causa, los imputados, de nacionalidad boliviana, tenían tiendas de ropa en la localidad de San Martín de los Andes, provincia de Neuquén. Traían chicas jóvenes desde allí a trabajar, quienes aceptaban ya que eran sostén de sus hogares. Las captaban ofreciendo trabajo a través de un diario, luego se reunían con ellas en Bolivia, le pagan el pasaje de micro -lo que les generaba una deuda desde el comienzo- o las traían en su camioneta.
Después eran alojadas en su casa, trabajaban en las tiendas y en el domicilio de sus “patrones” de la mañana a la noche. Las víctimas no recibían un sueldo. El fallo advirtió que “nada se les dijo a las víctimas de que trabajarían en negro, sin registración laboral ni aportes al sistema previsional o de salud público, sin vacaciones o sueldo anual complementario”.
La oferta llamaba a cubrir puestos de trabajo en Argentina con un sueldo mensual de 600 dólares y “otras ventajas”. Las mujeres también fueron engañadas en relación al horario de la jornada laboral.
En el juicio, el fiscal explicó que las victimas “son dos mujeres en condiciones de precariedad” a quienes “les ofrecen un trabajo y ven la posibilidad de juntar dinero para sus hijos, aceptan y viajan en distintos momentos con sus patrones”, pero que luego «las condiciones cambiaban».
Según el magistrado, “entrevistaron a muchas mujeres, alrededor de 20, seleccionando a ambas damnificadas en dos ocasiones distintas; una de las mujeres viajó a nuestro país vía micro de larga distancia y otra lo hizo con los acusados en su camioneta particular”. Y añadió: “Ambas seleccionadas vivieron con los imputados en una habitación de la casa familiar; y en ambos casos las instruyeron que no debían informar a migraciones que venían a trabajar, que debían anunciarse como turistas”.
De este modo, el sentenciante destacó que el imputado “buscó y seleccionó mujeres de extracción humilde, con educación formal básica y problemas de mantenimiento económico urgente a resolver tanto propio como de su entorno familiar primario y directo (hijos); confrontó sus urgencias y verificó las decisiones de abandonar terruño y familias en procura de obtener mejores salarios”.
Como parte de la prueba, el magistrado tuvo en cuanta la “situación de angustia y desesperación en las que se encontraron a las víctimas”, según los dichos de las mismas en Cámara Gesell. Estos testimonios fueron respaldados por los especialistas del Centro de Atención a la Víctima del Delito de Neuquén y sus pares del Programa de Rescate de Personas Víctimas del Delito de Trata de Nación.
“Es claro entonces que optó por seleccionar integrantes del grupo definido incontrovertidamente como más ´vulnerable´ (mujeres, jóvenes, niñas y aún adultas mayores), seleccionando las decididas a migrar en busca de un mejor presente y un futuro”, continuó.
Para el juez, el imputado utilizó “coerción mediante mecanismos económicos, colocando y obligando a las víctimas a permanecer en una situación de irregularidad laboral, con mínima chance de optar por otra posición de trabajo en virtud de la ilegalidad migratoria en que habían sido sumidas, todo lo cual enfrentaron alejadas de asistencias o auxilios de sus propias familias que se encontraban a miles de kilómetros de distancia”.
Como parte de la prueba, el magistrado tuvo en cuanta la “situación de angustia y desesperación en las que se encontraron a las víctimas”, según los dichos de las mismas en Cámara Gesell. Estos testimonios fueron respaldados por los especialistas del Centro de Atención a la Víctima del Delito de Neuquén y sus pares del Programa de Rescate de Personas Víctimas del Delito de Trata de Nación.
Fuente: Diario Judicial.