El juez federal N° 3, Miguel Hugo Vaca Narvaja, resolvió este miércoles el procesamiento penal de 27 acusados por la toma, durante 31 días, del Pabellón Argentina de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC).
El fallo es a raíz del delito de «usurpación por despojo» y no implica prisión preventiva. En la misma actuación, el juez dictó falta de mérito en favor de la letrada Leticia Celli, que había sido imputada por la misma causa.
La decisión se basó en una serie de argumentos, desarrollados en 45 páginas, que se deducen de los precedentes judiciales en la materia, declaraciones de los testigos (entre los que cobra principal relevancia el de Gustavo Posadas, concesionario del bar del Pabellón Argentina) y artículos periodísticos.
El artículo 181 del Código Penal dispone que: “Será reprimido con prisión de seis meses a tres años: 1. El que por violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad despojare a otro, total o parcialmente, de la posesión o tenencia de un inmueble».
En este sentido, Vaca Narvaja entiende en su fallo que se produjo una privación del uso y explotación del emblemático edificio hacia distintos actores. «Es criterio del Suscripto que se encuentra suficientemente acreditado que los imputados privaron a las autoridades, a los agentes de la Universidad, al concesionario del bar y al público en general, del goce material y efectivo de las instalaciones del Pabellón Argentina», rezó el fallo.
En otro tramo, estableció la probabilidad del uso de la violencia y de amenazas por parte de los estudiantes. «En cuanto a los medios comisivos, se ha acreditado con el grado de probabilidad que exige esta etapa del proceso, que los imputados recurrieron a la violencia y a las amenazas, tanto para ingresar al Pabellón Argentina como para mantenerse en el lugar. Se encuentra debidamente probado que ejercieron fuerza sobre los mecanismos de defensa predispuestos en el inmueble y destinados a impedir su ocupación. También se halla acreditado en autos que las autoridades y agentes universitarios, concesionarios y público en general, se vieron privados del goce material y efectivo de las instalaciones», planteó el texto.
Fuente: La Voz del Interior.