Por no considerar su pluriempleo en la indemnización, demandó a la ART.
Un guardavidas del Club Atenas de Carmen de Patagones, que también trabajaba en el Colegio Artémides Zatti, sufrió una lesión en la rodilla al resbalar en la piscina del club. Tras el accidente, la ART no consideró su pluriempleo para calcular la indemnización, por lo que decidió demandarla. Será indemnizado.
La caída le provocó un traumatismo por rotación en la rodilla derecha. Por lo que fue diagnosticado con una lesión meniscoligamentaria. Tras el accidente, fue atendido en el hospital Pedro Ecay y luego derivado al prestador de la ART demandada, donde recibió tratamiento kinesiológico durante seis meses y finalmente fue dado de alta.
Sin embargo, al presentar su caso ante la Comisión Médica, se le asignó una incapacidad del 11,50%, y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) calculó la indemnización sin considerar todos sus ingresos.
El guardavidas rechazó el porcentaje de incapacidad y el monto ofrecido, y decidió iniciar una demanda judicial. Argumentó que su situación de pluriempleo, trabajando también en el Colegio Artémides Zatti, no fue considerada adecuadamente.
Tenía dos trabajos y se lesionó en uno: qué determinó el fallo
La ART defendió su posición diciendo que el trabajador fue evaluado correctamente y que la relación de pluriempleo no debía ser tomada en cuenta. Sin embargo, el informe pericial médico corroboró que el trabajador había sufrido lesiones significativas que requerían atención médica y rehabilitación extensiva.
El fallo de la Cámara Laboral determinó que el trabajador estaba en situación de pluriempleo al momento del accidente, y que la indemnización debía calcularse considerando ambos empleos. Como resultado, se condenó a la Provincia A.R.T. S.A. a pagar la indemnización correspondiente, basada en la totalidad de los ingresos del trabajador.
Fuero: Laboral,
Tribunal: Cámara Laboral,
Voces: lesión, ART, demanda, indemnización, diagnóstico, tratamiento, pluriempleo,
Fuente: rionegro.com.ar