El femicidio “no íntimo” se condena con agravante
La Justicia de La Pampa confirmó una condena por el delito de homicidio doblemente calificado. En el caso se comprobó el sometimiento y cosificación de la víctima independientemente de que no exista un vínculo íntimo o relación de pareja.
Fuero: Penal
Tribunal: Tribunal de Impugnación Penal de Santa Rosa
Voces: femicidio, vínculo íntimo, agravante