Fleteros: cada vínculo de trabajo se debe analizar en particular.
La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo evaluó que la relación de dependencia de los fleteros es una cuestión de hecho y prueba que debe analizarse en cada caso en particular. En “González Diego Ariel c/ Ceven SA s/ Despido”, la demandada apeló la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo incoado con fundamento en las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo, cuestionando el fallo en tanto se consideró acreditada la…