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DOCTRINA – EL PLAZO DE ATRIBUCIÓN DEL USO DE LA VIVIENDA AL EX CONVIVIENTE QUE TIENE A SU CARGO EL CUIDADO DE LOS HIJOS. Autores: Susana María Squizzato y Guadalupe Soler.

La cuestión que se analiza gira en torno a determinar si el plazo máximo de atribución del uso de la vivienda de dos años fijado en el art. 526 del Código Civil y Comercial de la Nación (en adelante CCCN) rige solo entre los ex convivientes (debiendo acreditar –quien lo solicite– la necesidad de vivienda y la imposibilidad de procurársela), o también para el caso de que quien la peticiona tiene a su cargo el cuidado de los hijos….

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