RESOLUCIÓN JUDICIAL ORDENÓ QUE NO SE DESCUENTE A JUBILADOS PROVINCIALES HASTA QUE HAYA SENTENCIA DEFINITIVA
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº 2, de Concepción del Uruguay, resolvió hacer lugar a la tutela cautelar, requerida por dos jubilados provinciales y, ordenó al gobierno de Entre Ríos y a la Caja de Jubilaciones y Pensiones, que se abstengan de practicar los descuentos correspondientes al aporte extraordinario dispuesto en el art. 6 de la Ley n.º 10806 en sus haberes mensuales, hasta tanto recaiga sentencia definitiva en las actuaciones principales.