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JURISPRUDENCIA-RECURSO DE REVISIÓN. DECLARACIÓN DE REINCIDENCIA. Reincidencia real. Naturaleza Jurídica. Art. 50 del C.P.

El caso

Por Sentencia, el Juzgado de Control y Faltas de una ciudad del interior de la Provincia de Córdoba, resolvió -en lo que aquí interesa-: “I) Declarar al imputado autor penalmente responsable de los delitos de coacción y desobediencia a la autoridad -7 hechos- (…) arts. 45, 55, 149 bis –segundo párrafo- y del 239 -7 hechos- del CP, e imponerle para su tratamiento penitenciario la pena de dos años y seis meses de prisión efectiva, accesorias de ley,…

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