JURISPRUDENCIA – TRABAJO EN CASAS PARTICULARES (Ley 26488). ERRÓNEA REGISTRACIÓN. SANCIÓN (art. 50). Improcedencia. PLAZO DE GRACIA OTORGADO AL EMPLEADOR PARA REGULARIZAR LA RELACIÓN (art. 73). INTERESES. TASA APLICABLE. Precisiones. FUNCIÓN UNIFICADORA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. Relevancia.
La parte demandada cuestiona la sentencia que la condenó en los términos del art. 50 de la ley 26.844 por incorrecta registración de la trabajadora. Sostiene que se aplicó erróneamente la norma porque se omitió considerar el plazo de gracia otorgado a los empleadores para regularizar la situación del personal contratado con anterioridad a la entrada en vigencia del nuevo régimen legal (cf. art. 73, ib.).
Tribunal: T.S.J. Sala Laboral
Voces: trabajo en casas particulares, errónea registración, plazo para regularizar…