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JURISPRUDENCIA – COVID – 19. PROHIBICIÓN DE DESPEDIR (DNU N.° 329/2020). Alcance. ESTATUTO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN (ley 22250). AUSENCIA DE DISTINCIÓN ANTERIOR AL DECRETO 266/21. Interpretación. Diferencias con el precedente del TSJ in re «Urbano…». COMUNICACIÓN DEL DISTRACTO. TEORÍA DE LA RECEPCIÓN. Relevancia. Aplicación retroactiva de la ley (art. 7, CCyCN). Inexistencia. MEDIDA AUTOSATISFACTIVA. Validez. REFORMULACIÓN DE LA CONDENA. SALARIOS CAÍDOS. Procedencia.

La parte demandada cuestionó la resolución que consideró aplicable el DNU 329/2020 al régimen de la industria de la construcción. Principalmente aludió a que no resultaba operativo en el caso porque está previsto para despidos sin justa causa y la ley 22250 no diferencia formas de extinción, considerándolas a todas justificadas.
Tribunal: T.S.J. Sala Laboral
Voces: prohibición de despedir, covid-19, industria de la construcción

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