JURISPRUDENCIA – DIGNIDAD HUMANA Y AUTONOMÍA PERSONAL: muerte digna. Las determinaciones del paciente – o familiares- que rechazaran ciertos procedimientos que solo prolongan su vida de forma artificial deben ser respetadas y cumplidas. DVA: DISPOSICIÓN PERSONALISIMA Y AUTORREFERENTE AMPARADA POR EL ART. 19 CN. SUPERIORIDAD JERÁRQUICA DE LA LEGISLACIÓN FEDERAL EN MATERIA DE DERECHOS PERSONALÍSIMOS.
El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba rechazó el recurso de apelación incoado por la Municipalidad de Córdoba contra la sentencia de Cámara que ordenó retirar las medidas de soporte vital del paciente J.S.
Fuero: Público,
Tribunal: T.S.J. En Pleno,
Voces: dignidad humana, autonomía personal, derechos personalísimos, muerte digna,