JURISPRUDENCIA – VIAJANTE DE COMERCIO (ley 14546). PRUEBA. Presunciones legales (art. 55, LCT, 39 LPT). Alcance. PERICIA CONTABLE. Relevancia. INTERCAMBIO DE E-MAIL. Reconocimiento. PERICIA INFORMÁTICA. Ausencia. Alcance. DECLARACIÓN JURADA (art. 11, ley 14546). Valor probatorio. DESPIDO INDIRECTO. Improcedencia. Principio de continuidad (art. 10, LCT). Buena Fe (art. 63 ib.). EXTENSIÓN DE RESPONSABILIDAD AL SOCIO GERENTE (art. 54, 59, LS). Errónea registración de la fecha de ingreso. Improcedencia.
El actor inició demanda en contra de la SRL para la que prestó servicios como viajante de comercio -ley 14546- hasta que se desvinculó por exclusiva culpa patronal. Afirmó que comercializaba cueros blandos de alta calidad para la confección de prendas de vestir, calzados y marroquinería, en Córdoba, La Rioja y Salta. Que aportó cartera propia de clientes y trabajaba full time para la demandada.
Tribunal: Cámara del Trabajo Sala 6ª Córdoba
Voces: viajante de comercio, prueba, presunciones legales