JURISPRUDENCIA – VIOLENCIA DE GÉNERO. Ámbito de aplicación de la Ley 10.401. Necesidad de reencauzar la denuncia. Plazo de las medidas cautelares. Celebración de audiencia. Personal policial involucrado. Exhorto al juzgado de primera instancia.
La cámara admitió parcialmente el recurso de apelación interpuesto por el denunciado -personal policial- en contra del proveído por el cual se establece una medida de prohibición de acercamiento y comunicación superior a un año y a la solicitud de audiencia provee “oportunamente”.
Tribunal: Cámara de Familia de 2ª Nominación de Córdoba
Voces: violencia de género, necesidad de reencauzar la violencia, medidas cautelares