JURISPRUDENCIA – UNIONES CONVIVENCIALES. Inmueble adquirido con fondos aportados por ambos convivientes e inscripto a nombre de uno de ellos. Principio iura curia novit: Calificación correcta de la acción interpuesta. PERSPECTIVA DE GÉNERO: Relación desigual de poder.
En contra de la sentencia de primera instancia que rechazó en todas sus partes la demanda interpuesta, la parte actora planteó recurso de apelación esgrimiendo que se rechazó la demanda a pesar de haberse demostrado la existencia de concubinato con aparente matrimonio, la existencia de actividades comerciales comunes, la existencia de un patrimonio común, la capacidad económica de las partes para adquirir el inmueble objeto de esta litis y el cuidado, por su parte, del hijo del demandado
Tribunal: Cámara…