JURISPRUDENCIA – ALIMENTOS. Obligación alimentaria de los abuelos. Citación de los abuelos maternos solicitada por los abuelos paternos. Principios de economía procesal, instrumentalidad de las formas, acceso a la justicia, y la tutela judicial efectiva y eficiente.
En contra de la resolución de primera instancia que denegó la pretensión de incorporar al proceso a los abuelos maternos, señalando que deberán incoar su pretensión por vía autónoma, de conformidad con lo normado por el artículo 546 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN) y a fin de continuar con el curso de estos obrados, evitando dilatar su desarrollo, en atención a la celeridad procesal que el presente proceso imprime, los abuelos paternos interpusieron recurso de…