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JURISPRUDENCIA – PLENA JURISDICCIÓN. Perención de instancia. Impulso procesal. Naturaleza dispositiva del proceso. Eficacia interruptiva. Cédula de notificación. Costas.

La Cámara Contencioso Administrativa de 2° Nominación de la Ciudad de Córdoba, no hizo lugar al pedido de perención de instancia formulado por la demandada, con fundamento en considerar como último acto procesal válido de impulsión, la presentación de la cédula de notificación ante la oficina de notificadores. En tales condiciones, entiende que tal gestión revela la intensión de activar el avance del procedimiento y reviste eficacia interruptiva, aun cuando la cédula de notificación no fuera diligenciada.
Tribunal: Cám. Cont….

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