Info:
Recuerde que también puede hacer consultas por WHATSAPP a +5493517728472 y por e-mail a informes@actualidadjuridica.com.ar, Servicio al Cliente lo atenderá de lunes a viernes de 09:00 a 19:30 hs. Va ser un placer recibir su consulta.
JURISPRUDENCIA – RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. Traslado ilícito. Carácter no absoluto del derecho del progenitor requirente. RIESGO GRAVE: malos tratos severos y reiterados que han recibido las niñas por parte de su progenitor. Necesaria interpretación estricta del artículo 11 inciso b de la Convención Interamericana y artículo 13 inciso b de la Convención de La Haya de 1980. Oposición irreductible de las niñas a regresar con su progenitor. Otorgamiento de guarda provisoria a una abuela.

El Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Culto a través de oficio dirigido al Defensoría General Departamental, en calidad de Autoridad Central para la aplicación del Convenio Interamericano de Restitución Internacional de Menores, plenamente vigente entre la República de Paraguay y la República Argentina, remitió una solicitud de restitución internacional procedente de la República del Paraguay, referida a las niñas M. E., A. D., y S. J. M. G. Se solicitó la pronta restitución de las niñas a su…

Leer más

JURISPRUDENCIA – RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE NIÑO. Traslado ilícito. Centro de vida. Menor de edad institucionalizado. Procedencia.

El caso

En contra de la resolución de primera instancia por la que el Juez se declaró incompetente para expedirse en torno a la legalidad de la medida de abrigo dispuesta por el Servicio Local de La Plata por resultar aplicable la Ley Paraguaya 1680, y dispuso la restitución de los niños a la República del Paraguay en los términos de la Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores, Ley 25.358 y una serie de medidas a fin de coordinar…

Leer más