Rige el valor actual para tasas judiciales pendientes de pago
Se rechazó un recurso de apelación interpuesto por actora que pretendía abonar las tasas de justicia impagas al valor del año 2000, inicio del proceso, y no a los valores actuales.
Se rechazó un recurso de apelación interpuesto por actora que pretendía abonar las tasas de justicia impagas al valor del año 2000, inicio del proceso, y no a los valores actuales.
Si bien los trabajadores están eximidos del pago de las tasas de Justicia, deben afrontar los gastos que demanda el proceso, tales como la contratación de un profesional que los represente. El Código Procesal Laboral de la Provincia de San Luis determina que los trabajadores gozan del beneficio de justicia gratuita, hallándose eximidos de todo impuesto o tasa. Asimismo, el Código establece que el patrocinio letrado es obligatorio en toda actuación ante los Tribunales. Cuando el trabajador, carezca de…