Suspensión cautelar de norma para calcular el haber de jubilación ordinaria del Banco Provincia de Buenos Aires
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada y en consecuencia, ordenó suspender, con relación al actor, la aplicación del art. 41 de la ley local 15.008 y en su reemplazo, aplicar el art. 57 de la ley 13.364 (texto según ley 13.873) . Ello así, hasta el dictado de la sentencia definitiva. En consecuencia, la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires, deberá aplicar el régimen de…