Consideran remuneratorias las sumas percibidas en concepto de «tarifa telefónica» y «viáticos»
En los autos “L., C. D. y otros c/Telecom Argentina S.A. s/Diferencias de Salarios”, el magistrado de grado dispuso que las sumas remunerativas dispuestas por el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable “debían considerarse parte integrante de la remuneración”.