La Justicia ratificó que las jubilaciones no pueden ser menores al 82% del sueldo del activo
Así lo determinó el Tribunal Superior de Justicia respecto a la ley 10.694 de jubilaciones provinciales. Convalidó el aporte solidario a quienes cobran dos beneficios previsionales, siempre que la suma de ambos supere los seis haberes mínimos.
Fuero: Seguridad Social
Tribunal: Tribunal Superior de Justicia de Córdoba
Voces: aporte solidario, jubilaciones, sueldo líquido activo