Reparación Histórica sin sucesión
La Cámara Federal de Seguridad Social resolvió que los herederos pueden cobrar el retroactivo previsional adeudado sin hacer la sucesión. «No se encuentra en este expediente debatida la percepción o trasmisión de un bien registrable, sino un crédito previsional», recalcó la sentencia.
Fuero: Seguridad Social
Tribunal: Cámara Federal de Seguridad Social
Voces: reparación histórica, sucesión, retroactivo previsional