JURISPRUDENCIA – HOMICIDIO CULPOSO. Exclusión de la tipicidad objetiva. Sobreseimiento total por atipicidad. Imputación a la víctima (requisitos). Ausencia de la imprudencia exigida por el tipo penal (Riesgo permitido).
La Cámara de Acusación en fallo unánime confirmó la Sentencia del Juzgado de Control N° 10 de la ciudad de Córdoba que había resuelto sobreseer al imputado en al entender que la tipicidad (objetiva) quedó excluida por competencia exclusiva de la víctima -quien conducía sin casco, a gran velocidad y cruzo el semáforo con luz roja- y porque el imputado, con su accionar, ni siquiera generó un riesgo no permitido, por lo que no es posible superar el umbral…