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PROBATION. SE EXIME DE TAREAS COMUNITARIAS POR CUESTIONES DE GÉNERO Y SE EVALUA MANTENER ESCOLARIZACIÓN DE LOS NIÑOS COMO REGLA DE CONDUCTA.

En el caso, el fiscal refirió que, además de estimar adecuada la imposición de las obligaciones previstas y contempladas en los incisos 1° y 3° del art. 27 bis del Código Penal, sugería que se le imponga como regla de conducta, dado que los tres hijos más grandes de la imputada seencuentran escolarizados, que se encomiende a la probada mantener esa situación de escolarización, que en definitiva va a ser en beneficio de los niños.
Fuero: Penal
Tribunal: Tribunal Oral Criminal…

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