Deben abstenerse de reclamar saldos impugnados derivados de consumos que no realizó
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala C, resolvió revocar la resolución dictada en primera instancia en tanto no había hecho lugar a la medida cautelar de no innovar en el marco de un reclamo de saldo deudor de tarjeta de crédito, los cuales fueron impugnados por el titular de la misma, ya que obedecen a consumos efectuados fuera del país, cuando su parte no se encontraba en el lugar donde se habrían gestionado los referidos consumos y lo acreditó con la copia de su…