Recuerdan que los jubilados están obligatoriamente incluidos en calidad de beneficiarios de las obras sociales
En los autos «L. S. P. c/Obra Social de Árbitros Deportivos de la República Argentina y otro s/Amparo de Salud», la actora inició demanda contra Medicus S.A. y Obra Social de Árbitros Deportivos de la República Argentina (OSADRA) a fin de que éstas la mantuvieran como afiliada junto con su hija discapacitada, y le otorgaran la plena cobertura de las prestaciones médico asistenciales con las que contaba previo a efectuarse la baja.