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No hace falta llegar al riesgo de vida

En un reclamo contra una obra social, la Justicia de La Pampa consideró que el riesgo a la vida no es requisito indispensable para el otorgamiento de la medida cautelar.
Fuero: Civil
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, LFuero: Civil
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa
Voces: medida cautelar, obra social, riesgo de vidaaboral y de Minería de Santa Rosa
Voces: medida cautelar, obra social, riesgo de vida

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