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El servicio de alarmas y monitoreo no es un contrato de seguro

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial eximió de responsabilidad a la empresa de alarmas por los daños ocasionados en un robo. La obligación de resultados es sobre su propia actuación, no asegura los daños contra un robo
Fuero: Comercial
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial
Voces: servicio de alarma y monitoreo, contrato de seguro, responsabilidad por robo

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Carteles que limitan la responsabilidad por robos o hurtos dentro de los comercios: ¿son válidos?

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó una condena contra una firma, que explotaba un predio en el que alquilaba canchas de fútbol, por el hurto de las pertenencias de dos clientes mientras se encontraban jugando un partido.

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