Tareas sin especificar no bastan para acreditar relación laboral.
La Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo concluyó que no correspondía tener por acreditada la relación laboral invocada por la actora si al demandar no especificó las tareas que cumplía como empleada de administración. En “Panarelli, Paola Alejandra c/ Doldan, Margarita Inés y otro s/ Despido”, la parte actora apeló la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda interpuesta. La recurrente alegó que se encontraba acreditada en la causa la relación laboral invocada, cuestionando…