La cautelar no te prejuzga
Luego de que se dictara una medida cautelar que ordenó un desalojo, la parte demandada planteó la recusación con causa de la jueza del caso por considerar que había adelantado su posición sobre el fondo del asunto, pero la Cámara sanjuanina consideró que la misma no implicaba prejuzgamiento
Fuero: Civil
Tribunal: Cámara Civil, Comercial y de Minería de San Juan
Voces: desalojo, recusación con causa, adelanto de posición