La Apross debe pagar las costas en un reclamo por un niño fallecido.
Si bien la acción de amparo intentada por los padres del chico se tornó abstracta en razón de la muerte de éste, el tribunal interpretó que los gastos causídicos tenían que ser afrontados por la obra social cordobesa, al considerar que la causa no se extinguió como consecuencia de su conducta. Ante la declaración de abstracto de la acción de amparo interpuesta contra la Administración Provincial del Seguro de Salud (Apross) por la muerte de un niño, en cuyo…